Nuevos supuestos de materialización de la RIC
10 de Enero de 2025

Rehabilitación de viviendas protegidas:

Se incluyen las inversiones destinadas a la rehabilitación de viviendas protegidas. Estas viviendas deben cumplir condiciones específicas como:

Uso y destino (principalmente para arrendamiento).

Calidad y precio máximo establecido.

En algunos casos, requisitos de superficie y diseño.

Estas condiciones son verificadas por la consejería de vivienda competente de Canarias.

Inversiones en suelo para rehabilitación de viviendas protegidas:


La compra de suelo también cuenta como inversión válida si:

El suelo cumple las condiciones requeridas.

Está destinado a rehabilitar viviendas protegidas para arrendarlas a personas inscritas en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.


Otros usos adicionales:

Inversiones no consideradas "iniciales": Esto incluye elementos patrimoniales (materiales o intangibles) que:

Mejoren el medio ambiente en Canarias.

Impulsen la investigación y desarrollo reglamentado.

También aplica a gastos asociados a estos fines.

Títulos de deuda pública para rehabilitación:

La RIC puede destinarse a la suscripción de títulos valores de deuda pública:

Emitidos por la Comunidad Autónoma de Canarias, corporaciones locales, empresas públicas u organismos autónomos.

Siempre que esta deuda se use para financiar la rehabilitación de viviendas protegidas para el arrendamiento.


Organismos públicos emisores:

También se permite la suscripción de títulos emitidos por organismos públicos que realicen directamente la rehabilitación de estas viviendas protegidas.


OJO: En el caso de viviendas protegidas rehabilitadas, se establece que deben ser arrendadas exclusivamente a personas inscritas en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.


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